La Cámara Federal de Casación Penal revocó la libertad condicional que beneficiaba al arrepentido Leonardo Fariña, condenado por lavado de dinero, y confirmó su arresto domiciliario tras ser detenido en el allanamiento a una “cueva” de Belgrano donde se cambiaban dólares en el mercado negro.
La decisión fue de la Sala IV de la Casación, integrada por los jueces Gustavo Hornos, Mariano Borinsky y Javier Carbajo, que resolvió, por un lado, hacer lugar al recurso de casación interpuesto por el fiscal Abel Córdoba contra la libertad condicional de Fariña.
Esto fue así porqué no se encuentran reunidos los requisitos previstos legalmente en el Código Penal para que Fariña sea incorporado a ese régimen, en particular, porque no se cumplió el plazo suficiente de su condena.
Fariña era un hombre del mundo financiero especializado en audaces operaciones que lo colocaron como el asesor de Lázaro Báez en ese mundo. Saltó a la fama cuando se casó en una rutilante boda con la modelo Karina Jelinek, de quien se separó al poco tiempo. Solía manejar una Ferrari y otros autos de lujo, vivir en ostentoso piso y llevar una vida de playboy, hasta que terminó condenado por lavado de dinero.
En libertad condicional y con una tobillera electrónica, recuperó parte de su vida, hasta que a fin del año pasado cayó nuevamente detenido en un allanamiento en una cueva de Belgrano donde cambiaban dólares.
Por otro lado, la Sala IV dispuso –por mayoría– rechazar el recurso de casación interpuesto por el fiscal contra la decisión que concedió el arresto domiciliario a Fariña en la causa donde se lo investiga por lavado de dinero. Los jueces que integraron la mayoría, sostuvieron que los peligros procesales podían ser asegurados con la prisión domiciliaria y la aplicación de un sistema monitoreo electrónico.
Por el contrario, el juez Hornos señaló en su voto que, en el caso, resulta trascendental considerar que Fariña fue encontrado, portando su tobillera electrónica, en una financiera en la que se presume se cometían maniobras ilícitas de tipo fiscal y penal económico de naturaleza penal cambiaria y de lavado de activos.
Que el hecho de haber sido encontrado junto con otras personas, en presencia de cuantiosas sumas de dinero, cuyo origen aún debe ser determinado en el marco de otra causa, resulta relevante a los fines de analizar los riesgos procesales.
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Hornos afirmó que “persiste el indicador del riesgo respecto de la potencial capacidad de Fariña de conectarse o de generar lazos propios y autónomos con otras organizaciones de personas que podrían estar vinculadas al crimen económico financiero”, y que exigen su “neutralización adecuada, en especial por cuanto el caso se encuentra en pleno desarrollo del juicio.
Fariña tiene condena firme a tres años y seis meses de prisión por lavado de activos agravado cometido en las empresas del también condenado Báez, dueño de Austral Construcciones.