Cuando se están por cumplir 50 días de la desaparición del niño Loan Peña y en un inédito acuerdo político entre todos los bloques, incluido el kichnerismo, el Senado dio hoy un paso importante para incluir en el Código Penal el delito de venta de menores de edad, el que será castigado con una escala que va de los 5 a los 15 años de prisión.
El consenso se alcanzó en una reunión de la Comisión de Justicia y Asuntos Penales y casi un mes después que una iniciativa redactada en base a los proyectos presentados por la senadora Carolina Losada (UCR-Santa Fe) terminara envuelta en una polémica y volviendo a comisión en la última sesión de la Cámara alta, celebrada el 4 de julio último.
En aquella oportunidad y tras haber sido aprobada en general por unanimidad, diferencias en la redacción de uno de los artículos provocó que el dictamen terminara siendo devuelto a la comisión ante a imposibilidad de alcanzar un acuerdo en el recinto.
La polémica se suscito en torno a la posibilidad de eximir de prisión a los padres que se vieran involucrados por primera vez en un caso de venta de menores, tomando como atenuante su condición de vulnerabilidad social. El incidente fue utilizado por usuarios de redes sociales y medios de comunicación kirchneristas para acusar al presidente de la Comisión de Justicia, el libertario Juan Carlos Pagotto (La Rioja), de pretender legalizar la venta de niños.
Ahora y luego de haber escuchado hace tres semanas a un grupo de especialistas, entre los que se presentaron la defensora del Niño, Marisa Graham, y el camarista federal Mariano Borinsky, y luego de negociaciones en plena reunión de la comisión entre las senadoras Losada y Florencia Lopez (UxP-La Rioja), se llegó a una redacción de consenso. Se espera que el texto sea llevado al recinto de la Cámara alta en la próxima sesión, prevista para el próximo 15 de agosto.
El dictamen modifica el artículo 139 bis del Código Penal para imponer una pena de 5 a 15 años de prisión al que reciba y a quien entregue ilegítimamente a una persona menor de edad mediando, o no, precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”.
Producto de las negociaciones y a sugerencia de la defensora Graham, se sumó de manera taxativa el caso de las adopciones ilegales. “Será reprimido con la misma pena, si no resultare un delito más severamente penado, quien entregue y/o reciba a una persona menor de edad con fines adoptivos sin haber cumplido con la ley vigente cuando haya mediado o no; precio, promesa de retribución o cualquier otro tipo de contraprestación”, agrega el texto.
El proyecto incorpora al Código Penal el artículo 139 ter para penalizar, también con prisión de 5 a 15 años, al que “facilitare, promoviere o de cualquier modo intermediare en la perpetración de los delitos”.
En ambos supuestos, la pena quedará circunscripta al tercio superior, es decir que será de 10 a 15 años, si el que la comete es funcionario público o un profesional que delinquiera en el marco del ejercicio de su profesión. Además, sufrirán la pena accesoria de inhabilitación especial perpetua para ejercer su profesión y ocupar cargos públicos.
“Esto es algo en el que hay que sobrevolar los egos y que todos lo votemos a favor. Es una deuda que tiene la Argentina. La Corte Interamericana de Derechos Humanos sancionó en 2012 a la Argentina por no tener tipificado el delito de compa-venta de niños y creo que es algo que se le debe a la sociedad”, afirmó Losada, satisfecha, al término de la reunión de comisión.
La iniciativa contempla la reducción de la escala penal a la de tentativa del delito cuando un de los acusados de venta de menores de edad colaboren con “información, o datos precisos, comprobables y verosímiles” que ayuden al esclarecimiento del delito y, sobre todo, a tratar de terminar con una organización delictiva. Se incorpora este atenuante en uno de los incisos del artículo 41 ter del Código Penal.
La iniciativa que obtuvo dictamen esta tarde también regula los plazos de prescripción, previstos en el artículo 67 del Código Penal. En el caso de la venta de menores, esta quedará suspendida “mientras la víctima sea menor de edad y hasta que, habiendo cumplido la mayoría de edad, formule por sí la denuncia o ratifique la formulada por sus representantes legales durante su minoría de edad”. “Si como consecuencia de cualquiera de los delitos indicados hubiera ocurrido la muerte del menor de edad, comenzará a correr desde la medianoche del día en que aquel hubiera alcanzado la mayoría de edad”, agrega el texto.
Qué había opinado Milei
Cuando era diputado nacional y candidato presidendial, Javier Milei fue consultado sobre su posición respecto a la venta de niños, luego del debate que se generó cuando se refirió a la donación de órganos. En ese sentido, el economista respondió que todo “depende” e hizo una diferencia entre la sociedad argentina y el anarcocapitalismo. “Yo si tuviera un hijo no lo vendería, pero de nuevo, no es lo que está discutiendo la sociedad argentina, quizá de acá a 200 años, qué se yo, pero hay ahí un problema de consistencia porque si hablamos del mundo anarcocapitalista no sería presidente, porque en el anarcocapitalismo no hay presidente””, agregó.